martes, 4 de junio de 2013

EL PROBLEMA SEXUAL EN LAS CARCELES


   En el momento que un individuo es recluido en un centro penitenciario, cambia su forma de vida para adaptarse al nuevo entorno en el que está. Uno de los problemas a los que tiene que hacer frente es a la contención de instinto sexual.

No debemos olvidar que aquel que entra en prisión sigue siendo un ser humano y como tal tiene necesidades, no es de extrañar que muchos de los reclusos y reclusas que entrar en un régimen de privación de su libertad, tengan una pareja sentimental o simplemente exista un deseo sexual que debe satisfacerse. Ninguna ley penal vigente infringe la abstinencia sexual, la privación del acto sexual normal no está contemplado en ningún código. La norma jurídica no puede ir en contra con la naturaleza.
Si bien es un perjuicio forzar al delincuente a la castidad, mucho peor resulta la situación de su compañero sentimental que nada tiene que ver con el delito y al que se le priva de la satisfacción de su vida sexual. Otro punto de importancia es que el individuo al momento de retener ese impulso sexual en las distintas formas de abstinencia lo puede llevar a tener problemas psicológicos y físicos que repercuten, en su entorno, pudiendo en casos mas graves en salir de prisión convertido en un violador en potencia.

La masturbación individual y colectiva constituyen no sólo una realidad de las prisiones del mundo entero, así se puede afirmar que entre un noventa y un noventa y cinco por ciento de los internos se prestan a estas prácticas. Los encarcelados terminan teniendo relaciones homosexuales en un porcentaje superior al ochenta por ciento, resaltan también las violaciones de los jóvenes ingresantes por parte de los internos más antiguos. Algunas soluciones que se propusieron desde la administración penitenciaria para solucionar el problema sexual fue por un lado el trabajo penitenciario y el deporte, ambos con el objeto de desgastar las energías físicas y disminuir el deseo.

Desde hace un tiempo se implantaron un régimen de visitas/salidas para que los reclusos puedan encontrarse con sus parejas, pero solo con un régimen de semilibertad en el caso de salidas.



 Álvaro Monzón González 

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