domingo, 26 de mayo de 2013

¿Qué son y para qué sirven los CIE´s? (II)

Como ya hemos visto anteriormente, y  según el gobierno del Estado español, un centro de internamiento de extranjeros (CIE) es un establecimiento público de carácter no penitenciario donde se retiene de manera cautelar y preventiva a extranjeros sometidos a expediente de expulsión del territorio nacional.

El principal problema de estos centros, y que es denuncia por parte de ONG´s entre otros, es que este tipo de establecimientos no cuentan con un reglamento interno de funcionamiento ni unas leyes claras que establezcan las pautas a seguir. Hasta estos momentos el funcionamiento interno se rige por una ley ministerial del año 1999.

Por este motivo el Gobierno ha elaborado un “Anteproyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento y régimen interior de los centros de internamientos de extranjeros”, a los cuales el Gobierno empieza a denominar  “Centros de Estancia Controlada de Extranjeros (CECE)”.

Las ONG´s, la Defensora del Pueblo y diversas asociaciones, entre otros,  manifiesta su sorpresa e indignación ante el borrador de Reglamento de los Centros de Internamiento de Extranjeros ya que apuntan que se trata de un texto de corte policial que no garantiza los derechos fundamentales de las personas internadas. El único aspecto positivo que le ven es que se llamará a los internos por sus nombres y apellidos y no por el número que se les asigna como ocurre hasta ahora. Por lo demás, denuncian que el Gobierno no ha tenido en cuenta ninguna de las aportaciones realizadas por ninguno de ellos.


Para terminar os dejo un enlace por si os interesa leer el borrador del anteproyecto por si alguno quisiera informarse más detalladamente:

Juana Ballón Jiménez

Muertes en prisión




Según derechos humanos, en las cárceles españolas mueren un total de 200 presos por año, de los cuales  el 22,3% de ellos es por sobredosis y un 11,3% por suicidios.
Esto nos muestra la facilidad con la que los reos pueden acceder a las drogas dentro de prisión y el poco apoyo psicológico que se les brinda. A pesar de esto, la tasa de suicidios se ha conseguido reducir prácticamente un 50% desde el año 2005 por la entra del Protocolo de Prevención de Suicidios (PPS) que consiste en que un preso con alta probabilidad de suicidio sea acompañado por otro, los llamados "reos sombra", que se encargan de estar con el preso constantemente, ya sea en zonas comunes o en subidas voluntarias de éste a su propia celda. El "reo sombra" también se encarga de dar apoyo moral y psicológico escuchando e intentando animar al otro preso.
Gracias a este protocolo de prevención, España tiene un de los índices más bajos de suicidios en prisiones de toda Europa. Además, Francia ya está estudiando este modelo de prevención para importarlo a su prisiones cuanto antes.

jueves, 23 de mayo de 2013

¿Qué son y para qué sirven los CIE´s?


Los centros de internamiento para extranjeros (CIE) son lugares donde  se encierra a personas extranjeras, en la mayoría de los casos por estancia irregular como es el hecho de carecer de permiso de trabajo y residencia. La estancia irregular es una infracción administrativa, no es un delito.

La estancia máxima en un CIE son 60 días y de acuerdo con la ley, el único derecho limitado en ellos es la libertad de movimiento,  todos los demás derechos permanecen en vigor y el Estado tiene la obligación de garantizar su efectivo cumplimiento. En España, estos centros dependen del Ministerio del Interior y están gestionados por el Cuerpo Nacional de Policía.

En España existen ocho CIE´s con capacidad para internar a unas 2.500 personas simultáneamente (el CIE de Málaga se cerró en junio 2012), ubicados en las siguientes ciudades: Madrid, Barcelona, Murcia, Valencia, Algeciras, Fuerteventura, Gran Canaria y Tenerife.

Los CIE´s son justificados por las autoridades como el paso previo para proceder a la expulsión del país de personas extranjeras sin papeles.  Sin embargo, y a pesar del encierro que sufren, solo el 48% de ellos es finalmente expulsado.

¿A qué creéis que se debe entonces la existencia de estos centros sino se lleva a cabo su principal función de expulsión? ¿Por qué algunos de estos extranjeros en situación irregular llegan a ser expulsados y otros no?

Para  terminar os dejo un vídeo de una entrevista a un vocal de extranjería en el cual podéis ver, entre otras cosas,  el testimonio de un joven internado en uno de estos centros:  

Juana Ballón Jiménez


Régimen F.I.E.S.


El régimen F.I.E.S (Fichero de Internos de Especial Seguimiento) es un instrumento establecido por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias consistente en un mayor control y vigilancia para así obtener mayor información de los internos incluidos en él.

Este fichero incluye cinco categorías atendiendo a delitos cometidos por el preso, repercusión social del mismo, pertenencia a bandas organizadas y criminales, peligrosidad, etc.
Las cinco categorías son las siguientes:

- F.I.E.S.-1 (Control Directo) Aquí se incluyen a las personas peligrosas y conflictivas que dentro o fuera de la cárcel hayan protagonizado incidentes, intento de fugas, motines, o hayan puesto en peligro la vida de Funcionarios, otros Internos o algún tipo de Autoridad.
- F.I.E.S.-2 (Narcotraficantes) Toda persona vinculada a una organización nacional o extranjera, Preventiva o Penada, Presunta o Autora de delitos contra la Salud Pública (Tráfico de Drogas o Estupefacientes) o delitos ligados a estos (Blanqueo y Tráfico de Dinero).
- F.I.E.S.-3 (Bandas Armadas) Todos los ingresados en prisión vinculados a Bandas Armadas o Grupos Terroristas o a aquellos a quienes los informes de las Fuerzas de Seguridad establezcan algún tipo de vinculación con ellos.
- F.I.E.S.-4 (Funcionarios de Seguridad y Funcionarios de I.I.P.P.) A los que han pertenecido a cualquiera de estos colectivos profesionales y haya que proteger su integridad física y mantener su seguridad.
- F.I.E.S.-5 (Características Especiales) En este apartado se contemplan diversos colectivos. Entre ellos a los Delincuentes Comunes Internacionales autores o presuntos autores de delitos muy graves y violentos contra la Libertad Sexual y con ello hayan provocado una gran alarma social. Hasta hace pocos años, también estaban en este Fichero los reclusos que habían ingresado por negarse a cumplir el Servicio Militar o la Prestación Social sustitutoria.

A continuación os dejo un vídeo que me parece muy interesante y que cuenta con la colaboración de quien fue un preso F.I.E.S. durante parte de su condena:
http://www.youtube.com/watch?v=hKaAWKhxcEs

Juana Ballón Jiménez

Centros de reforma de menores II

Como se ha hablado anteriormente, en estos centro de menores se producen maltrato físico y psicológico, lo que lleva muchas veces  a la desesperación de los jóvenes y  acaben muchas veces por suicidarse.
En la comunidad de Madrid, se encuentra el centro de Picón de Jarama, el cual se considera un vertedero para los chavales más problemáticos. En este centro hace cuatro años se suicidó Hamid cuando estaba en aislamiento, y varios que lo han intentado.
Esto no solo sucede en Madrid, también hemos encontrado varios casos de jóvenes que acaban con su vida dentro de estos centros.
Algunos casos son, el de Philip Garcia de 16 años que apareció muerto en su cama con una bolsa en la cabeza, en el centro de internamiento Nivaria (Tenerife) 2004.
David de 12 años apareció ahorcado en el centro de protección Baix Vinalopó  Elche (2007).
Miguel de 17 años se ahorca cuando estaba en aislamiento en el centro de menores de Illundain en marzo del 2009.
¿ Esto es lo que de verdad se quiere conseguir?
Leyre Pereda Navarro

CENTROS DE REFORMA DE MENORES

Los centroS de reforma están destinados al cumplimiento de medidas judiciales, es decir donde se internan a jóvenes que han cometido algún delito.
Desde el 2001, la administración ha entregado la gestión de estos centros a entidades privadas sin ánimo de lucro, que manejan increíbles cantidades de dinero. Un ejemplo de este tipo es el de O´belen, que al parecer ha recibido numerosas críticas por su organización y sus empleados.
Se dice que en los centro de menores se producen malos tratos de todo tipo; físicos y psicológicos. Al parecer  la propia estructura de los centros es maltratadora, ya que el diseño está pensado en la vigilancia y en las medidas de seguridad. También cuentan con un mobiliario muy limitado y tienen problemas de climatización.
También se habla de que a los chavales se les automedica, se les aísla y su tiempo de ocio es mínimo y encima es elegido por el educador, y dentro de su tiempo de ocio no entra dentro el hacer deporte, ya que es una actividad del centro. A todo esto se le suma el trato humillante que perciben, con insultos, continuos gritos…
¿ Creen ustedes que este es el mejor ambiente para rehabilitar e integrar a un niño en la sociedad?
 Leyre Pereda Navarro

UNIDADES EXTERNAS II


Como ya sabemos, las unidades externas se crean para mejorar las condiciones de vida de los niños que viven con sus madres en prisión.

Cuando se habla de madre en prisión con sus hijos menores, es normal que pensemos que no es el mejor lugar para el desarrollo psicológico y social del niño, pero también hay que tener en cuenta la necesidad que tienen ambos de permanecer juntos.

La finalidad que tienen estos centros es la mejora del desarrollo físico, madurativo y psicológico de los niños y de facilitar a las madres a la asistencia a los recursos sociales de inserción laboral, cursos formativos y actividades culturales.

Es cierto que no todas las internas pueden acceder a estos centros, ya que tienen que cumplir unos requisitos. Una vez que los han cumplido tienen que aceptar unos compromisos. Por lo que nos encontramos con mujeres de un perfil de menor peligrosidad delictiva.

A pesar de los grandes avances en las unidades externas ¿piensan que realmente es un entorno adecuado para los menores?

Leyre Pereda Navarro

lunes, 20 de mayo de 2013

MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCESO PENAL ESPAÑOL



Las medidas cautelares son el conjunto de actuaciones que puede ordenar el juez en el proceso penal para así tratar de asegurar el correcto desarrollo del proceso, y también  asegurar que la persona acusada esté a disposición del Juez el tiempo necesario para investigar el delito.

Existen dos tipos de medidas cautelares: personales, que limitan la libertad de la persona, y reales, que limitan la disponibilidad sobre los bienes.

En este caso explicaremos cuáles son las medidas cautelares personales  y en qué consisten. Existen cuatro tipos:
- La citación de la persona inculpada: tiene por objeto oír su versión sobre los hechos de los que se le acusa. Es un trámite de audiencia y de defensa.
- La detención: supone privar de libertad a una persona durante un cierto tiempo.
- La prisión provisional: Medida excepcional que consiste en la privación de libertad del individuo al que se le acusa de cometer un delito, con el fin de que se puedan aplicar de forma efectiva las leyes penales. 
- La libertad provisional: Situación de libertad condicionada en la que se encuentra el acusado al que se le obliga a cumplir ciertos deberes, cuya finalidad es que esté presente en el proceso penal. 

Por último podríamos mencionar una medida cautelar especial, las llamadas medidas de alejamiento. Tienen por finalidad proteger a las víctimas de determinados delitos que integran lo que se conoce como violencia doméstica, para evitar el riesgo de que se reitere la actividad delictiva. Suponen imponer a una persona la prohibición bien de residir en un municipio o provincia o bien de acercarse a una persona concreta.

Juana Ballón Jiménez

miércoles, 15 de mayo de 2013

UNIDADES DE MADRES



El 8% de la población penitenciaria española es mujer, y de éste, un 85% son madres. El sistema penitenciario español cuenta con las llamadas “Unidades de Madres”, módulos específicos en el interior de las prisiones reservados para madres e hijos. El vínculo materno es el factor más importante para el desarrollo emocional de un niño durante sus primeros años de vida. El derecho a crecer junto a su madre es primordial.

Las reclusas embarazadas o con hijos menores de tres años deben decidir si desean que vivan con ellas en la cárcel, siempre que posean la patria potestad de ellos. Las presas sólo tienen que solicitarlo a la dirección del centro, éste reclama la opinión del ministerio fiscal y después de un reconocimiento médico, el niño se queda en la prisión hasta que cumple tres años o hasta que la condena de su madre termina.

No todas las cárceles cuentan con estas dependencias. Sólo 112 niños cumplen condena en lugares con módulos de madres y, por tanto, una escuela infantil y técnicos especialistas de jardines de infancia. Existen en España dentro de la red del Ministerio del Interior ocho Escuelas Infantiles adscritas a los Centros Penitenciarios (Coruña, Palencia, Valencia, Madrid-Soto, Madrid-Aranjuez, Sevilla y Granada )

Algunas mujeres eligen vivir en algunas prisiones para estar cerca de sus familias, aunque el penal no posea guardería; los módulos no estén adaptados para ser habitados por niños o su hijo sea el único de toda la cárcel (lo que significa que pasará mucho tiempo sin conocer a otro pequeño).

Irene Ruescas Fernández
 
 


sábado, 4 de mayo de 2013

FAMILIAS Y PRESOS.

La prisión supone una ruptura en la vida del preso, tanto por que rompe completamente con su ritmo de vida, como porque va fragmentando también los lazos familiares y la propia red social del preso.
El escaso contacto va enfriando progresivamente las relaciones y mas cuando el lugar en el que estas, no es precisamente un sitio al que apetezca ir a hacer una visita.

¿Cómo llevan las familias esta situación?, ¿es el aislamiento al que se somete a los presos  la verdadera solución . Y es que son muchos los casos en los que  este aislamiento acaba por romper familias y relaciones, ya sea porque la familia da como perdido  a uno de sus miembros ( hijo, marido, padre, madre...) o porque el tiempo sigue pasando y al final las relaciones acaban enfriándose y transformándose.
Se trata esta de una situación muy dura, pues la pareja, los amigos y la familia son el principal apoyo de cualquiera en esta vida y  a los presos se les priva de ello, dejándoles totalmente aislados junto con los demás condenados. Pero tampoco hay que perder de vista el sufrimiento que padecen los familiares y parejas, pues a nadie le gusta saber que un ser querido está sufriendo, aunque ese ser querido sea un asesino.
Las consecuencias de todo esto, son que el preso se sume en un estado de depresión y apatía  al cual ayudan también las relaciones con los demás presos que se encuentran en la misma situación y de una manera u otra tiran hacia abajo, haciéndolo todo mas triste, mas insoportable.

La cuestión a plantearse, es si el aislar y romper los lazos sociales y familiares, es la solución para generar un cambio interno en el preso, pues el día de mañana ese mismo preso será liberado y se encontrara totalmente solo, sin nadie que  le ayude a re encauzar su vida y darle un sentido, lo cual contribuye muchísimo a que el ex convicto vuelva a reincidir y de esa manera prácticamente asegurar su reingreso en prisión.

Gonzalo Fernandez de Bobadilla Muñoz