martes, 4 de junio de 2013

CONSUMO Y TRAFICO DE DROGAS EN CARCELES



   Desde hace años, el consumo de drogas en las cárceles se ha incrementado progresivamente, lo que se ha constituido en un factor importante que incide negativamente en el proceso de resocialización e incorporación de los internos a la vida socio-productiva.
En investigaciones que se han realizado se ha llegado a la conclusión
de que existe distribución interna de drogas tales como pasta base, mariguana, cocaína y alcohol, y en los resultados de la investigación realizadas por dos sociólogas, las cuales realizaron el estudio utilizando una muestra con hombre y mujeres condenados en unidades penales los internos señalaron que creen que es fácil conseguir la droga en la cárcel, y que reciben ofertas para su consumo.

Existe un gran mercado interno de drogas en los centros carcelarios. La mayoría de los allí internos son consumidores por lo que su abastecimiento proviene de fuentes externas, las que pasan a través de visitas, paquetes, o por el propio personal a cambio de beneficios económicos. Ha su vez este trafico de drogas también se convierte en un trafico de influencias jerárquicas en las que se obtienen favores ya sean de presos como del personal penitenciario a cambio de este trafico de sustancias, como por ejemplo el caso que comenta un preso, el cual ante al insalubridad de la zona de aseos, sobornaba a los empleados de limpieza con tabaco para obtener una limpieza de los aseos.
   En referencia al consumo se están implantando Unidades terapéuticas y Educativas en los centros penitenciarios con el fin de intentar tratar el consumo de sustancias en los centros, ya que este tipo de unidades no existen con frecuencia en los mismos.

Por el momento no parece que exista una solución clara a esta problemática, el consumo sigue existiendo al igual que el trafico dentro de las instalaciones.


Link de referencia:

http://www.elmundo.es/elmundo/2013/03/08/madrid/1362767414.html


 Álvaro Monzón González 
EL PROBLEMA SEXUAL EN LAS CARCELES


   En el momento que un individuo es recluido en un centro penitenciario, cambia su forma de vida para adaptarse al nuevo entorno en el que está. Uno de los problemas a los que tiene que hacer frente es a la contención de instinto sexual.

No debemos olvidar que aquel que entra en prisión sigue siendo un ser humano y como tal tiene necesidades, no es de extrañar que muchos de los reclusos y reclusas que entrar en un régimen de privación de su libertad, tengan una pareja sentimental o simplemente exista un deseo sexual que debe satisfacerse. Ninguna ley penal vigente infringe la abstinencia sexual, la privación del acto sexual normal no está contemplado en ningún código. La norma jurídica no puede ir en contra con la naturaleza.
Si bien es un perjuicio forzar al delincuente a la castidad, mucho peor resulta la situación de su compañero sentimental que nada tiene que ver con el delito y al que se le priva de la satisfacción de su vida sexual. Otro punto de importancia es que el individuo al momento de retener ese impulso sexual en las distintas formas de abstinencia lo puede llevar a tener problemas psicológicos y físicos que repercuten, en su entorno, pudiendo en casos mas graves en salir de prisión convertido en un violador en potencia.

La masturbación individual y colectiva constituyen no sólo una realidad de las prisiones del mundo entero, así se puede afirmar que entre un noventa y un noventa y cinco por ciento de los internos se prestan a estas prácticas. Los encarcelados terminan teniendo relaciones homosexuales en un porcentaje superior al ochenta por ciento, resaltan también las violaciones de los jóvenes ingresantes por parte de los internos más antiguos. Algunas soluciones que se propusieron desde la administración penitenciaria para solucionar el problema sexual fue por un lado el trabajo penitenciario y el deporte, ambos con el objeto de desgastar las energías físicas y disminuir el deseo.

Desde hace un tiempo se implantaron un régimen de visitas/salidas para que los reclusos puedan encontrarse con sus parejas, pero solo con un régimen de semilibertad en el caso de salidas.



 Álvaro Monzón González 

UN POQUITO DE HISTORIA...

Para que tengamos conciencia sobre cómo han ido evolucionando las cárceles a lo largo del tiempo en esta entrada he realizado un breve resumen sobre ello.
A lo largo de la historia nos hemos encontrado con cárceles, calabozos o incluso mazmorras en donde se metían a presos, pero a medida que ha ido pasando el tiempo y la sociedad ha ido cambiando las cárceles también han ido evolucionando hasta convertirse prácticamente en sociedades marginales aisladas completamente de las ciudades.
Siempre ha existido la necesidad de castigar a aquellas personas que han practicado conductas “antisociales”; pero las formas en que estos castigos se han llevado a cabo varían según las épocas y las funciones que tenía la cárcel en cada momento:
·                     Antigüedad  la cárcel tenía una función de retención de los presos hasta ser castigados, y servía también para obtener confesiones (torturas).
·                      Edad Media  la función de la cárcel pasa de ser lugar de custodia a lugar en el cual se cumple la pena privativa de libertad (siglos XVI y XVII).
·                     El Sistema Celular de Filadelfia y el Sistema Auburn (siglo XVII) la función de la cárcel es el lugar donde cumplir la pena privativa de libertad y de reflexionar sobre el delito cometido.
·                      La Ilustración (siglo XVIII) la función de la cárcel es la rehabilitación de los presos. Tres autores destacan en esta época: Beccaria, Howard (humaniza la cárcel y sienta las bases del sistema penitenciario actual) y Bentham.
·                     Finales del siglo XVIII  y principios del XIX  la función de la cárcel pasa a ser la corrección del culpable, garantizar la seguridad, aislar al delincuente y el escarmiento. Se impone definitivamente la privación de libertad como pena, y se concibe la cárcel como el gran invento social.

·                     Siglo XIX  la cárcel comienza a ser un lugar de readaptación, aunque para algunos autores su función preventiva y de defensa social


María Vadillo García-Borruel.

domingo, 2 de junio de 2013

Prisiones mixtas

En España existen cárceles mixtas en las que conviven tanto hombres y mujeres aunque pasan la mayor parte separados por módulos. Ni los hombres pueden entrar en el módulo de las mujeres, ni las mujeres pueden entrar en el módulo de los hombres, pero existen excepciones de presos encargados de ciertas tareas como limpieza o biblioteca que por su trabajo deben entrar en los módulos del otro sexo aunque no pasan más allá de la garita de funcionarios.
En estas prisiones los presos de ambos sexos se juntan en determinadas ocasiones como por ejemplo en talleres educativos o actividades socioculturales como el cine, en el que presos y presas se encuentran en el mismo lugar pero en extremos distintos de la sala. Otro lugar en el que pueden relacionarse es en el polideportivo donde lo único que les mantiene separados es que practican diferentes deportes.

Si dos presos de distinto sexo intercambian nombres de pila y a partir de ahí cartas durante 3 meses, la institución les permitirá verse en vis a vis íntimos ya que entienden que mantienen una relación formal a pesar de no haber podido tener más que una relación epistolar.

También cabe recalcar que las relaciones entre personas del mismo sexo en el módulo de  las mujeres es algo bien visto e incluso llevan una relación normal (van de la mano, se besan delante de las funcionarias, etc.), mientras que el módulo de los hombres, existen pero no se va haciendo publicidad de ello ni está bien visto.

domingo, 26 de mayo de 2013

¿Qué son y para qué sirven los CIE´s? (II)

Como ya hemos visto anteriormente, y  según el gobierno del Estado español, un centro de internamiento de extranjeros (CIE) es un establecimiento público de carácter no penitenciario donde se retiene de manera cautelar y preventiva a extranjeros sometidos a expediente de expulsión del territorio nacional.

El principal problema de estos centros, y que es denuncia por parte de ONG´s entre otros, es que este tipo de establecimientos no cuentan con un reglamento interno de funcionamiento ni unas leyes claras que establezcan las pautas a seguir. Hasta estos momentos el funcionamiento interno se rige por una ley ministerial del año 1999.

Por este motivo el Gobierno ha elaborado un “Anteproyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento y régimen interior de los centros de internamientos de extranjeros”, a los cuales el Gobierno empieza a denominar  “Centros de Estancia Controlada de Extranjeros (CECE)”.

Las ONG´s, la Defensora del Pueblo y diversas asociaciones, entre otros,  manifiesta su sorpresa e indignación ante el borrador de Reglamento de los Centros de Internamiento de Extranjeros ya que apuntan que se trata de un texto de corte policial que no garantiza los derechos fundamentales de las personas internadas. El único aspecto positivo que le ven es que se llamará a los internos por sus nombres y apellidos y no por el número que se les asigna como ocurre hasta ahora. Por lo demás, denuncian que el Gobierno no ha tenido en cuenta ninguna de las aportaciones realizadas por ninguno de ellos.


Para terminar os dejo un enlace por si os interesa leer el borrador del anteproyecto por si alguno quisiera informarse más detalladamente:

Juana Ballón Jiménez

Muertes en prisión




Según derechos humanos, en las cárceles españolas mueren un total de 200 presos por año, de los cuales  el 22,3% de ellos es por sobredosis y un 11,3% por suicidios.
Esto nos muestra la facilidad con la que los reos pueden acceder a las drogas dentro de prisión y el poco apoyo psicológico que se les brinda. A pesar de esto, la tasa de suicidios se ha conseguido reducir prácticamente un 50% desde el año 2005 por la entra del Protocolo de Prevención de Suicidios (PPS) que consiste en que un preso con alta probabilidad de suicidio sea acompañado por otro, los llamados "reos sombra", que se encargan de estar con el preso constantemente, ya sea en zonas comunes o en subidas voluntarias de éste a su propia celda. El "reo sombra" también se encarga de dar apoyo moral y psicológico escuchando e intentando animar al otro preso.
Gracias a este protocolo de prevención, España tiene un de los índices más bajos de suicidios en prisiones de toda Europa. Además, Francia ya está estudiando este modelo de prevención para importarlo a su prisiones cuanto antes.

jueves, 23 de mayo de 2013

¿Qué son y para qué sirven los CIE´s?


Los centros de internamiento para extranjeros (CIE) son lugares donde  se encierra a personas extranjeras, en la mayoría de los casos por estancia irregular como es el hecho de carecer de permiso de trabajo y residencia. La estancia irregular es una infracción administrativa, no es un delito.

La estancia máxima en un CIE son 60 días y de acuerdo con la ley, el único derecho limitado en ellos es la libertad de movimiento,  todos los demás derechos permanecen en vigor y el Estado tiene la obligación de garantizar su efectivo cumplimiento. En España, estos centros dependen del Ministerio del Interior y están gestionados por el Cuerpo Nacional de Policía.

En España existen ocho CIE´s con capacidad para internar a unas 2.500 personas simultáneamente (el CIE de Málaga se cerró en junio 2012), ubicados en las siguientes ciudades: Madrid, Barcelona, Murcia, Valencia, Algeciras, Fuerteventura, Gran Canaria y Tenerife.

Los CIE´s son justificados por las autoridades como el paso previo para proceder a la expulsión del país de personas extranjeras sin papeles.  Sin embargo, y a pesar del encierro que sufren, solo el 48% de ellos es finalmente expulsado.

¿A qué creéis que se debe entonces la existencia de estos centros sino se lleva a cabo su principal función de expulsión? ¿Por qué algunos de estos extranjeros en situación irregular llegan a ser expulsados y otros no?

Para  terminar os dejo un vídeo de una entrevista a un vocal de extranjería en el cual podéis ver, entre otras cosas,  el testimonio de un joven internado en uno de estos centros:  

Juana Ballón Jiménez